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El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y fija en quince días naturales su duración, que podrá ser ampliada o modificada, dando cuenta al Congreso de los Diputados.

A continuación, podéis consultar mediante este link (AQUÍ)  de la nota informativa del Tribunal Constitucional en referencia al acuerdo del pleno del TC de 16 de marzo de 2020 en relación a la suspensión delos plazos procesales y administrativos durante la vigencia del Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo.