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Fiscalidad – Administrativo

Desde nuestra experiencia de muchos años, desde TR Abogados & Economistas ofrecemos a nuestros clientes un servicio integral y multidisciplinar tanto para personas físicas como jurídicas, integrado en un departamento de asesoría fiscal y contable.  Somos especialistas en conseguir las mayores ventajas fiscales para cada cliente, desde el punto de vista de seguridad y ahorro fiscal.

Además, asesoramos y reclamamos en su caso el Impuesto de plusvalía municipal y también en la obtención de visados y permisos de residencia.

Dentro de los servicios que ofrecemos, destacamos:

Servicios a personas físicas, sociedades civiles, comunidades de bienes, etc.

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Asesoramiento en la creación de empresas. Análisis jurídico y económico-financiero.

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Consultoría y asesoramiento personalizado fiscal y financiero.

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Asesoramiento y confección de las declaraciones de renta y patrimonio, iva y declaraciones periódicas.

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Elaboración de libros-registro de IVA soportado y repercutido.

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Planificación patrimonial.

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Estudio de la fiscalidad de herencias y donaciones, liquidación y tramitación de las mismas.

Servicios a personas jurídicas.

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Asesoramiento en la constitución, modificación, disolución y liquidación de todo tipo de sociedades y otras entidades, y tramitación de las obligaciones fiscales y mercantiles.

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Asesoramiento en la constitución, modificación, disolución y liquidación de todo tipo de sociedades y otras entidades, y tramitación de las obligaciones fiscales y mercantiles.

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Fiscalidad societaria. (IS, IVA, etc).

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Elaboración de los modelos de cuentas anuales e informe de gestión (en su caso).

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Seguimiento de la evolución económico-financiera de la empresa.-gestiones y asistencia técnica ante los registros mercantiles: preparación y depósito de cuentas anuales, libros oficiales de comercio, entre ellos el libro de actas, solicitud y nombramiento de auditor de cuentas.

Servicios diversos

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Representación ante la AEAT.

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Estudio, asesoramiento y presentación de toda clase de recursos administrativos, reclamaciones económico-administrativas, demandas y recursos contencioso-administrativos.

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Asesoramiento sobre requerimientos ante las distintas administraciones de la hacienda pública estatal, autonómica y local.

Informes económicos y jurídicos para periciales judiciales

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Elaboramos a petición de nuestros clientes Informes para Periciales Judiciales

Plusvalía municipal

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Podemos reclamar el impuesto de plusvalía municipal si se vende el inmueble con pérdidas. El Tribunal Constitucional ha declarado nulos varios artículos del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana o plusvalía municipal. El Tribunal establece así que no se puede gravar con este impuesto municipal cuando se registren pérdidas en la venta del inmueble. Esta decisión abre la puerta a que los contribuyentes presenten una reclamación de la plusvalía municipal para cobrar la devolución del impuesto pagado de más.

Además, el Tribunal Supremo se ha pronunciado dejando claro que, en caso de pérdidas en la transmisión, este impuesto no puede ser cobrado, y aclara que en caso de no haberse producido un incremento del patrimonio, no se debe pagar.

Podrán reclamar, por tanto, los que además de sufrir pérdidas en la venta de su inmueble, presentaron una auto-liquidación del impuesto al vender y aún no han transcurrido cuatro años desde entonces. También podrán hacerlo los que hayan presentado la liquidación —cuando es el ayuntamiento el que calcula la cuota del impuesto— y aún no haya transcurrido un mes, que es el plazo generalmente establecido para considerarlo firme.

Asesoramiento “Golden Visa”

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La ley 14/2013, de 27 de septiembre, de Apoyo a los Emprendedores y su internacionalización, introdujo por primera vez la posibilidad de obtener visados y permisos de residencia para inversores de fuera de la Unión Europea y permitir acceder a la residencia temporal en España a aquellas personas que inviertan en propiedades o realicen inversiones significativas en territorio español.

Para ello, la ley facilita la entrada y residencia en España, por razones de interés económico, de las siguientes categorías:

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Inversores.

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Emprendedores.

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Profesionales altamente cualificados.

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Formación e I+D+I.

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Traslado intraempresarial.

Desde TR Abogados y Economistas ofrecemos un servicio de asesoramiento y gestión de los correspondientes expedientes administrativos para la concesión de los visados y permisos de estancia y residencia en estos casos. Como despacho pluridisciplinar en materia legal, económica y financiera, ofrecemos un servicio completo e integral en su inversión o actividad.

Pueden solicitarla aquellos inversores que realicen inversiones en:

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Activos financieros, realizando una inversión inicial por un valor igual o superior a:

  1. Dos millones de euros en títulos de deuda pública española,
  2. Un millón de euros en acciones o participaciones sociales de sociedades de capital españolas con una actividad real de negocio,
  3. Un millón de euros en fondos de inversión, fondos de inversión de carácter cerrado o fondos de capital riesgo constituidos en España, incluidos dentro del ámbito de aplicación de la ley 35/2003, de 4 de noviembre, de instituciones de inversión colectiva, o de la ley 22/2014, de 12 de noviembre, por la que se regulan las entidades de capital-riesgo, otras entidades de inversión colectiva de tipo cerrado, y por la se que se modifica la ley 35/2003, de 4 de noviembre,
  4. Un millón de euros en depósitos bancarios en entidades financieras españolas.
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Adquisición de inmuebles en España con una inversión de valor o superior a 500.000 euros por cada solicitante.

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Proyecto empresarial que vaya a ser desarrollado en España y que sea considerado y acreditado como de interés general.

Qué servicios ofrecemos

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Para lo inversores en inmuebles, ofrecemos un servicio de:

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Comprobación de la situación de la finca, estado físico, cargas y situación urbanística.

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Asesoramiento sobre las contingencias fiscales y costes de la operación.

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Trámites de escritura e inscripción en el registro de la propiedad.

Para los inversores en acciones de empresas españolas:

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Asesoramiento completo para la adquisición de las mismas.

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Asesoramiento de la situación económica, contable y fiscal de la empresa.

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Forma de compra, sus contingencias fiscales y los costes de la operación.

Para los inversores que deseen invertir en productos de deuda pública o depósitos bancarios:

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Asesoramiento completo para la adquisición de deuda pública o depósitos bancarios.

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Asesoramiento diferentes opciones disponibles en españa, productos de entidades bancarias y los trámites, costes e impuestos de la operación.

Para los inversores en proyectos empresariales:

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Estudio de la inversión en empresas.

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Asesoramiento en todo el proceso de inversión.

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Informes de viabilidad.

Infórmate y reclama

Consentimiento